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Multa a Google, una burla al neoliberalismo, y su análisis en Colombia

La libertad económica es un requisito esencial de la libertad política, pues esta combinación dio lugar a una edad de oro, tanto a Gran Bretaña como en los Estados Unidos durante el siglo XIX. Los Estados Unidos alcanzaron incluso una prosperidad mayor que la de Gran Bretaña, porque américa se comenzaba partiendo de cero; menos vestigios de clase y de estatus, menos prohibiciones estatales, un terreno más fértil para la energía, el empuje y la innovación y un continente vacío para la conquistar.

 Free to Choose, Milton Friedman y Rose Friedman, 1980



La Comisión Europea ha multado a Alphabet, la matriz del buscador Google, con 2.424 millones de euros por abuso de posición dominante en el servicio de comparación de productos (Google Shopping).  La comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, acusa a Google de aprovechar su abrumadora posición de dominio en las búsquedas en Internet (su cuota de mercado supera el 90% en la UE) para promocionar artificialmente las apariciones de Google Shopping y de relegar las de las webs competidoras en el negocio de la comparación de productos.

La Comisión afirma en un comunicado que “las pruebas muestran que incluso los productos rivales con una mayor relevancia aparecen, de media, en la cuarta página de resultados de búsquedas de Google […] El servicio de comparador de compra de Google no está sujeto a los mismos algoritmos de búsqueda genéricos de Google, incluida la relegación”.

Cuanto más elevada es la posición de una web en las páginas de resultados de búsquedas de Google, más posibilidades tiene de recibir visitas de los usuarios. Según los datos que maneja el Ejecutivo comunitario, los diez primeros resultados de búsqueda capta el 95% del tráfico.

Un absurdo desde el punto de vista de la libertad del mercado, un absurdo que copia en Colombia con su regulación en esta materia; más allá de que en materia económica la Carta de 1991 adoptó el modelo de economía social de mercado. El Estado Constitucional colombiano es incompatible tanto con un modelo del liberalismo económico clásico, en el que se proscribe la intervención estatal, como con modalidades de economía de planificación centralizada en las que el Estado es el único agente relevante del mercado y la producción de bienes y servicios es un monopolio público.

 En contrario, la Carta adopta un modelo que reconoce a la empresa y, en general, a la iniciativa privada, la condición de motor de la economía, pero que limita razonable y proporcionalmente la libertad de empresa y la libre competencia económica, con el único propósito de cumplir fines constitucionalmente valiosos, destinados a la protección del interés general; está generando entonces una excesiva regulación y por ende una limitación clara al progreso empresarial.

De acuerdo con lo anterior, el texto constitucional fue dispuesto para una sociedad de mercado, es decir, para un tipo de organización que desarrolla procesos ágiles de intercambio, que buscan no sólo la satisfacción de necesidades básicas, sino también la obtención de ganancia, bajo el supuesto según el cual, la actividad económica debe ser dinámica y estar en crecimiento, todo ello en un escenario (el mercado) fundado en la libertad de acción de los individuos (las libertades económicas), en el que “las leyes de producción, distribución, intercambio y consumo se sustraen a la reglamentación consiente y planificada de los individuos, cobrando vida propia, esto en principio, pues dichas libertades económicas, cada vez se están viendo más limitadas.

Dicha limitación razonable, es entonces la que protege tanto al consumidor, como a las empresas con un débil brazo económico, pues la libertad absoluta del mercado, las acabaría, por el mero hecho de una buena implementación de estrategias avaladas por dicha libertad.

¿Qué tiene de malo orientar mis actividades económicas a la consolidación de un monopolio? Si soy eficiente en mi producción, si puedo ofrecer precios en perdida previo ahorro como estrategia de marketing para hacer conocer mi empresa en el mercado, si puedo ofrecer mayor calidad, menor tiempo de entrega y pues simplemente “tumbar” a los competidores, ¿Por qué no? Si soy mejor, no debería haber ninguna regulación que me limite.

Las leyes antimonopolios son el cuerpo de ley que prohíbe el comportamiento anticompetitivo y prácticas de negocio que son injustas. Estas leyes fueron creadas para fomentar la competencia del mercado. Las leyes antimonopolios también hacen ilegales ciertas prácticas consideradas como dañosas para empresas, a consumidores o ambos, o a quienes violan los estándares de conducta ética en general.

La libertad de competencia debe verse que cuando un conjunto de empresarios o de sujetos económicos, bien se trate de personas naturales o jurídicas, dentro de un marco normativo y de igualdad de condiciones, ponen sus esfuerzos o recursos a la conquista de un mercado de bienes y servicios en el que operan otros sujetos con intereses similares. Se trata propiamente de la libertad de concurrir al mercado ofreciendo determinados bienes y servicios, en el marco de la regulación y en la ausencia de barreras u obstáculos que impidan el despliegue de la actividad económica lícita que ha sido escogida por el participante.

Según la jurisprudencia constitucional, esta libertad comprende al menos tres prerrogativas: (i) la posibilidad de concurrir al mercado, (ii) la libertad de ofrecer las condiciones y ventajas comerciales que se estimen oportunas, y (iii) la posibilidad de contratar con cualquier consumidor o usuario. En este orden de ideas, esta libertad también es una garantía para los consumidores, quienes en virtud de ella pueden contratar con quien ofrezca las mejores condiciones dentro del marco de la ley y se benefician de las ventajas de la pluralidad de oferentes en términos de precio y calidad de los bienes y servicios, entre otros.


Esta opinión es muy neoliberal, pero su principio está basado en esos verdaderos fundamentos del capitalismo de Adam Smith, pues solo cuando se permite la libertad en el mercado, este puede progresar estructuradamente.

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